La Empresa se obliga a solicitud del Sindicato a entregar al Directorio Sindical en forma actualizada, durante el
primer semestre de cada año la Estructura de Rentas, Niveles, y Cargos, vigentes para el periodo de sus socios.
Y cada vez que dicha estructura sufra modificaciones, la empresa hará llegar el documento actualizado al
Directorio Sindical. Por su parte, en casos específicos el Sindicato podrá solicitar información de la situación
de algunos de sus socios en relación con la estructura mencionada.
El Afiliado que solicite por escrito a su jefatura directa, la revisión de su remuneración, para un aumento, tendrá
derecho a una respuesta formal en el plazo máximo de 30 días, explicando la razón de la aceptación o el rechazo
de esta petición. En caso de que no obtenga respuesta formal en el plazo indicado, el Afiliado podrá plantear su
situación a la Directiva, la cual evaluará el mérito de esta para exponerla al Gerente de Servicio a Personas y
Relaciones Laborales o su equivalente en el futuro.
En este caso, de no mediar respuesta en un plazo de 15 días, el Sindicato elevará la petición al Gerente de
Servicio a Personas y Relaciones Laborales.