REAJUSTABILIDAD DE REMUNERACIONES POR IPC

Las remuneraciones de los trabajadores vigentes del presente Convenio se reajustarán cada cuatro meses en un 100% (cien por cien) respecto de la variación acumulada que experimente el IPC en el cuatrimestre inmediatamente anterior, aplicándose los reajustes sucesivamente a partir del 01 de marzo 2024. La variación porcentual se calculará con dos decimales.

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