BENEFICIO FINANCIAMIENTO DESARROLLO PROFESIONAL 2021-2022

Estimadas(os) Colegas,

Junto con saludar, y esperando que se encuentren bien junto a sus seres queridos, tenemos el agrado de invitarlos a postular al Financiamiento para el “Desarrollo Profesional” establecido en el punto 7.9.2.b del Convenio Colectivo. El periodo de las postulaciones estará abierto hasta el 15 de Febrero de 2021. Los resultados de las postulaciones serán informados a los interesados dentro del mes Febrero de 2021.

Para postular, deberán dirigir una comunicación al Secretario del Sindicato, señor Francisco de la Puente Hernández (), completando solo los antecedentes solicitados en formulario Excel adjunto (no documentación):

Extracto de Convenio Colectivo referente a este Beneficio:

7.9.2.b)  Financiamiento Desarrollo Profesional

A objeto de promover el desarrollo profesional de aquellos trabajadores que cumplen funciones más allá de la responsabilidad de sus cargos y del grado académico que posean, la empresa otorgará hasta un máximo de 10 préstamos anuales para que éstos obtengan el grado inmediatamente superior.

Para definir los trabajadores que se encuentren en la situación anteriormente descrita, se analizará las funciones que cumplen dentro del área o unidad a la cual pertenecen. Tal calificación será responsabilidad de quien designe la Gerencia de Recursos Humanos, apoyado por el sindicato y la jefatura respectiva.

Este financiamiento, que no podrá superar el 80% del arancel anual de la carrera con un tope máximo de 90 UF, de financiamiento, se otorgará por un máximo de 2 años y será descontado una vez finalizado los estudios regulares respectivos, y en todo caso, tratándose de estudios cuya duración sea de dos años, a partir del mes 25, en 24 cuotas iguales y sucesivas sin intereses ni reajustes. Cualquier excedente respecto del beneficio, será destinada a actividades de capacitación que determine la Directiva Sindical.

En el evento de que el trabajador suspenda o no continúe los estudios antes del término de los mismos sin motivo justificado, la empresa se encontrará facultada para descontar el financiamiento recibido a contar del mes siguiente de la suspensión o término anticipado, de conformidad con la reglamentación interna de la Empresa.

Al término del periodo regular de estudios, el trabajador deberá presentar antes de 6 meses, el certificado o diploma pertinente a la Gerencia de Recursos Humanos Corporativos.

En el evento que el trabajador se retire de la empresa, antes de cancelar la totalidad de este financiamiento, la deuda remanente será cancelada de acuerdo al anexo de contrato de trabajo, que se haya suscrito con ocasión de la obtención de este financiamiento.

Para optar a este beneficio, el trabajador deberá solicitarlo a través del sindicato, el que definirá la lista de los beneficiados que, además, deberán cumplir con la normativa dictada por la Subgerencia de Capacitación y Cultura Organizacional para tales efectos. Ante cualquier consulta o duda al respecto, favor contactar al encargado de este proceso y Secretario de nuestro Sindicato Sr. Francisco de la Puente Hernández, celular 56 9 9 888 5382,

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